sábado, 8 de noviembre de 2008

EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO


Es un acuerdo mediante el cual dos o más países reglamentan de manera comprehensiva sus relaciones comerciales, con el fin de incrementar los flujos de comercio e inversión y, por esa vía, su nivel de desarrollo económico y social.


Los TLCs contienen normas y procedimientos tendientes a garantizar que los flujos de bienes, servicios e inversiones entre los países que suscriben dichos tratados se realicen sin restricciones injustificadas y en condiciones transparentes y predecibles.


Colombia ha firmado acuerdos de libre comercio con México y con todos los países de América del Sur (excepto las Guyanas).


Los cuatro tratados suscritos por nuestro país son los siguientes: (i) El componente comercial de la Comunidad Andina (CAN), que incluye a Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela. (ii) El suscrito entre Colombia, Venezuela y México (conocido como G-3). (iii) El suscrito entre Colombia y Chile. (iv) El suscrito entre los países miembros de la CAN y los de MERCOSUR (que incluye a Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay).

Desde la creación de la ALADI y la Comunidad Andina, Colombia ha buscado profundizar su comercio con sus socios “naturales”, es decir, los países vecinos. A través de los acuerdos citados, así como de otros, Colombia ha buscado internacionalizar su economía y estrechar sus vínculos comerciales con países con los que comparte una historia, lengua y cultura indisoluble.


Gracias a esto, Colombia ha logrado firmar acuerdos de libre comercio con todos los países de América Latina que han estado dispuestos a negociar. En varias oportunidades, Colombia ha manifestado su interés en negociar con los pocos países latinoamericanos faltantes, sin éxito.


A pesar de lo anterior, la globalización exige abrir la mayor cantidad de puertas posible a las exportaciones colombianas. Igualmente, la negociación con países diferentes a los vecinos permite resguardarse de las dificultades económicas por las que pasan las economías en desarrollo en determinados momentos de su historia, protegiendo así la economía nacional.


La garantía de que las negociaciones se realizan en beneficio del país y no de unos pocos la constituye el proceso democrático-participativo mediante el cual se adoptan los tratados.


Dicho procedimiento se compone de múltiples instancias de discusión, revisión, aprobación y ratificación, las cuales se encuentran reguladas de manera detallada por la Constitución Política.


En primer lugar, la posición negociadora de Colombia se construye luego de un largo proceso de consultas entre las diversas entidades del Gobierno, los empresarios, los gremios de la producción, las organizaciones sociales, las universidades y el propio Congreso de la República.


En segundo lugar, las decisiones en la mesa de negociación no las toman los negociadores de manera inconsulta, sino luego de un proceso de concertación entre las diversas entidades estatales. Las decisiones más importantes son tomadas por el Señor Presidente de la República y sus Ministros, reunidos en Consejo Superior de Comercio Exterior.


En tercer lugar, durante todo el proceso de negociaciones el Congreso de la República y las entidades de control, como la Procuraduría y la Contraloría, reciben informes sobre el avance de las negociaciones. Las plenarias y comisiones del Congreso permiten un amplio espacio de discusión nacional sobre los temas debatidos.
En cuarto lugar, si el Gobierno finalmente decide suscribir el tratado, el mismo pasa a consideración del Congreso para aprobación o rechazo. Este procedimiento toma cerca de un año, dado que requiere la aprobación en comisiones y plenarias del Senado y la Cámara de Representantes.


Finalmente, si el tratado es aprobado por el Congreso, automáticamente pasa a control previo de la Corte Constitucional, con el fin de verificar que el mismo esté de acuerdo con la Constitución Política. Este largo proceso democrático y participativo, llevado a cabo por diversas entidades independientes y con la participación de la ciudadanía, es el que permite que los acuerdos comerciales internacionales no se conviertan en leyes de la República sin contar con los frenos y balances necesarios para garantizar que los mismos se suscriban en beneficio del país.





3 comentarios:

Jeimmy Carolina Ramirez Gonzalez dijo...

este articulo es muy interesante ya que nos informa mas de el tratado de libre comercio y de las consecuencias que trae a nuestro pais.

Jeimmy Carolina Ramirez Gonzalez dijo...

gracias por tu comentario......

VaNeSiTa dijo...

segun lo que se el TLC es una BASURA no?? muy buena la imagen del tio sam!!